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16 agosto, 2015
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Inscripción sociedades en Argentina

Sabemos la importancia que tiene para su negocio a la hora de definir el tipo societario, por eso brindamos breves recomendaciones al respecto:

 

Constitución de SRL:
Se constituyen por instrumento público o privado. La constitución de SRL la recomendamos para el caso de pocos socios y cuando se sabe de antemano que no va a ser frecuente la salida y entrada de socios, por ejemplo para empresas familiares. Si bien las SRL deben llevar libros contables y están impositivamente asimiladas a las SA, su mantenimiento resulta un poco mas económico debido a que no pagan tasa anual sobre el capital y no deben presentar balances ante la IGJ.

 

De todos modos antes de tomar una decisión es conveniente analizar cada caso en particular.

 

Constitución de SA:
Se constituyen solo por escritura pública, con un capital mínimo de cien mil pesos. La constitución de SA, se recomienda para los casos de muchos socios o cuando puede haber una frecuente entrada y salida de accionistas. En este caso aconsejamos la constitución de SA a la opción de constituir una SRL ya que la misma resulta más ágil y económica. Este tipo de sociedad además tiene la ventaja de permitir todavía cierto anonimato lo cual no deja de ser un tema que puede influenciar la decisión.

 

Estos son características generales a tener en cuenta a la hora de la constitución de una SRL o una SA, lo correcto es estudiar cada caso en particular.
Contamos con amplia experiencia en el tema societario, en todo el tema de constitución, inscripción, alta de impuestos y puesta en marcha.
No deje de consultarnos.

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